Conozca novedades de la Política de comercialización de vehículos en Cuba
La actualización de la Política de comercialización de vehículos en el país pretende facilitar un mayor acceso a nuevos medios de transporte para las personas naturales y jurídicas, así como recaudar fondos para sostener y desarrollar el transporte público de pasajeros y las infraestructuras del sector.
Así lo informó a la prensa Eduardo Rodríguez Dávila, ministro del Transporte, y añadió que esta reestructuración de las normas responde a la voluntad del Gobierno de favorecer la movilidad de las personas y las cargas, modificar la matriz energética y la recaudación de fondos en divisas convertibles para las inversiones en diferentes sectores de la economía.
Apuntó que esto se corresponde con lo informado en el último Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su
x Legislatura, en la que el primer ministro, Manuel Marrero Cruz, anunció algunas medidas relacionadas con la comercialización de vehículos en el país.
Pese a que ya se ha hecho el anuncio, esta medida no surte efecto inmediato, pues se encuentran en un proceso de actualización de las normas legales, para lo cual cuentan con un plazo de hasta 90 días, por lo que deberán entrar en vigor en noviembre, aunque trabajan para hacerlo antes.
–¿Qué pasará con los vehículos que resulten disponibles en el mercado nacional?
–Serán comercializados en moneda nacional los vehículos en buen estado técnico que queden disponibles en el mercado cubano, entre ellos los que concluyen su explotación en el turismo, de acuerdo con diferentes prioridades en el contexto del Plan de la Economía.
«Hasta ahora, una parte de esos vehículos que resultaban disponibles se destinaba a la venta en moneda libremente convertible. Sin embargo, hay una decisión de que esos se comercialicen en moneda nacional hacia diferentes prioridades del Gobierno, de manera exclusiva.
«Se autoriza también la transmisión de la propiedad entre personas naturales y jurídicas, excepto las diplomáticas extranjeras que tienen un régimen especial, y las personas jurídicas estatales, que requieren una autorización del Consejo de Ministros para transmitir la propiedad a una no estatal.
–¿Cuáles son las novedades del proceso de importación y comercialización?
–Se mantiene la importación y comercialización de vehículos en divisas convertibles, ajustando los precios de venta de modo que no varíen si el comprador es una persona jurídica o natural.
«Para estas últimas, los precios serán inferiores a los actuales; además, los aranceles, servicios de aduana e impuestos se pagarán en divisas convertibles.
«También se permite la importación, por una sola vez, de vehículos a personas que se encuentren en misiones oficiales en el exterior, según las condiciones que establecerán sus organismos de relación.
«Esto responde a una demanda de muchas personas que se desempeñan en misiones de Estado: diplomáticos, colaboradores, representantes de empresas que al término de su misión deseaban traer un vehículo que han adquirido en esos países, y con la actualización de esta política se autoriza que estas personas puedan hacerlo.
«Se mantiene, además, la importación directa por parte de las personas naturales, de ciclomotores y motocicletas eléctricas bajo las condiciones actuales, la de ciclomotores y motocicletas de motores de combustión interna o híbridas de baja cilindrada, con o sin sidecar, tanto por la vía de pasajeros como por envío, y la de triciclos eléctricos con capacidad superior a dos plazas o con capacidad de carga.
–¿Varían los impuestos?
–En el caso de las tasas impositivas, se homogeniza lo que hasta ahora estaba regulado en el país, igualando a las personas naturales y las jurídicas.
«Para ello, se ajusta y generaliza el impuesto especial por la venta de los vehículos, el que variará desde un 35 % del valor total de la venta en divisas convertibles, en el caso de los vehículos de gama alta, hasta no aplicarlo cuando se trate de vehículos eléctricos ensamblados en Cuba.
«Eso significa que estos impuestos tienen una variabilidad, no son estáticos, y aumentan en dependencia de las características del vehículo. Ahí se favorecen los vehículos de producción nacional sobre los importados, los vehículos eléctricos sobre los de combustión, y los colectivos sobre los autos ligeros.
«Otra variación es que se ajusta y generaliza el impuesto progresivo en divisas convertibles por la cantidad de vehículos que adquiera una persona natural o jurídica, a partir del tercer vehículo que se adquiera de las categorías, motocicleta, auto y auto rural. Por esta vía, una persona natural o jurídica, puede obtener hasta seis vehículos en cinco años.
–¿Qué se establece en cuanto a la reposición?
–Con esta modificación, se autoriza la comercialización por reposición en pesos cubanos de los vehículos enteros que resulten baja técnica en la renta del turismo y puedan ser recuperados por los compradores interesados.
«Esta medida existe en la actualidad, pero solo contempla el cambio de carrocería y el motor; sin embargo, las personas encontraron que, haciendo estas transformaciones, cambiaban el vehículo.
«Por eso, este procedimiento se perfecciona a partir de la posibilidad de que cualquier persona que quiera reponer su carro con un vehículo de los que concluyen la renta, que aun estando dañado –porque son los que resultan de baja técnica–, lo puede recuperar y estaría mejor que el que tiene, ahora va a tener la posibilidad de comprarlo entero.
«Esta es una posibilidad que se dará a partir de la disponibilidad. Para este proceso, la comercializadora, en este caso sasa, establece un orden digital –para mayor transparencia–, para poder responder a las necesidades de los clientes de manera justa y ordenada».
(Tomado de Granma)